martes, 6 de mayo de 2008

UN PROTOCOLO EN CUESTIÓN


Fernando Carlos Molina Coaguila y Fredy Kana torres
Miembros de la Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de San Agustín Arequipa (UNSA).

Estos últimos días, Arequipa ha sido el sorpresivo escenario de confrontaciones de tracto ideológico a partir de la aprobación del denominado “Protocolo para el manejo de casos de interrupción legal del embarazo” que gestó la Gerencia Regional de Salud Arequipa, documento que, entre otras cosas, establece los casos en los cuales la gestante estará en situación de que se le interrumpa su embarazo sin que este hecho sea punido. Todo esto en virtud de lo que dispone el artículo 119 de nuestro Código Penal, el mismo que establece que no es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave o permanente.
Como se sabe nuestro ordenamiento jurídico penal permite la interrupción terapéutica del embarazo desde el año 1924. Sin embargo, esta facultad no fue usada (y aún no lo es) con eficacia por diversas razones entre las cuales salta a la vista la ausencia de un protocolo que orientara el proceso de interrupción del embarazo y, claro, que determinara los presupuestos en los cuales se estaría en condiciones de practicar un aborto lícito.
El referido protocolo tiene como finalidad primordial regular la atención de la interrupción del embarazo, lo que, en consecuencia, contribuirá a la reducción de la morbimortalidad materna. Así mismo ayudará a mejorar el acceso a una atención que requiera una interrupción terapéutica del embarazo, dentro de los alcances y límites que la ley establece como hemos visto. Es este sentido, en última instancia, el protocolo procura, a las mujeres gestantes con complicaciones en el embarazo, una atención segura y de calidad dentro del marco del respeto y ejercicio pleno de los derechos humanos.
Sentando un notable precedente, el Comité por la Salud Sexual y Reproductiva del Consejo Regional de Salud Arequipa tomó iniciativa de este paso pionero en nuestro país tras considerar su aprobación dentro del principio de la realidad social, en vista de la cantidad abrupta de abortos que se realizan en lugares insalubres, los cuales no garantizan ni la vida de la madre ni del feto. Las estadísticas nos muestran que el 15% de mujeres gestantes peruanas fallecen por causa de embarazo (Federación Latinoamericana de Sociedades Obstétricas). A esta gran obra se suma el respaldo de los Colegios Profesionales y la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología Filial –Arequipa; no obstante, la victoria le quedó corta a la Ciencia; la influencia de la Iglesia, esta vez, alteró el proceso, causando la suspensión del protocolo antes mencionado.
Dentro del escrito se menciona las enfermedades de riesgo en el parto, así mismo, las indicaciones, la evaluación, la preparación, el procedimiento, el tratamiento después de la intervención y la prevención de contraer infecciones alternas, las mismas que están garantizadas porque el planeamiento surgió del consenso de médicos, enfermeras, anestesiólogos, obstetrices, entre otros.
Después de la anamnesis realizada por el médico y un examen clínico, la Junta de Médicos, toma la decisión de ofrecer una alternativa que puede ser aceptada o rechazada por la paciente, entonces se determina el método a utilizar según sea el tiempo de gestación, el mismo que debe ser menor a 20 semanas.
Dentro de los pocos días de operatividad que tuvo este documento no se efectuó alguna intervención clínica, dada la presión de la autoridad eclesiástica y la del congresista Juan Carlos Eguren que promovieron la retractación de lo planteado por el Gerente General de la Salud de Arequipa, Martín Alaiza Angles, quien después de haber sufrido una afrenta por parte del arzobispo de Arequipa (quien lo llamó “Satanás”) lo hiciera cambiar de opinión, haciéndole dar un giro de 180 grados para tomar una nueva decisión en perjuicio de la sociedad y especialmente de las mujeres que deben interrumpir su embarazo para seguir viviendo.
La realidad nos ubica en el marco de la ineficacia de nuestra normatividad, en el mar de la ignorancia, el una sociedad moralista tradicional con la intervención de la Iglesia, en el caos social debido al la mortandad femenina… Por lo tanto, no podemos hacernos los de la vista gorda, cuando a un metro de nosotros se da el deceso de una mujer.
El 98% de los países en el mundo permiten la práctica del aborto para salvaguardar la vida de la mujer, sin embargo, esto no se hace efectivo en el Perú por motivos antes mencionados, en consecuencia, las mujeres que corren el riesgo de perder la vida no tienen esperanza, y será inevitable la situación mientras el gobierno no se haga protagonista de este avance en pro de la vida y la salud de la mujer.

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